martes, 26 de febrero de 2008

1.- APROBADA LA LEY ANTI TABIRO











1.- APROBADA LA LEY ANTI-TABIRO

Fue enviada al Ejecutivo federal para su promulgación

México, 26 Feb (Notimex).- El Senado de la República aprobó en lo general y lo particular la Ley General para el Control del Tabaco, que prohibe fumar en lugares cerrados con acceso público y sanciona hasta con 36 horas de arresto a quien viole esa medida. Además, se aplicarán multas de 100 a 10 mil salarios mínimos y el cierre temporal o definitivo de los lugares que violen dicha legislación, sanción que puede llegar hasta 20 mil salarios mínimos, equivalentes a un millón de pesos, en caso de reincidencia. Luego de su aprobación, la también llamada "ley antitabaco" fue enviada al Ejecutivo federal y entrará en vigor en todo el país 90 días después de que sea publicada en el Diario Oficial de la Federación.

Después de que fue avalada en lo general, los senadores José Luis Lobato, de Convergencia; José Luis Villarreal, del Partido Acción Nacional (PAN); y Francisco Castellón y Tomás Torres, del Partido de la Revolución Democrática (PRD), reservaron 13 artículos para su discusión en lo particular.


Sin embargo, una a una las propuestas de modificación fueron rechazadas por la mayoría de los legisladores del PRI, PAN, PRD y PVEM, por lo que la ley fue aprobada en lo general y particular sin cambio alguno. La nueva legislación establece espacios ciento por ciento libres de humo de tabaco en áreas físicas públicas, centros de trabajo públicos y privados y universidades o instituciones de educación superior. Dichos lugares deberán contar con zonas exclusivas para fumar al aire libre o en espacios cerrados con mecanismos para evitar el paso del humo.

Además, se colocarán letreros en lugares visibles para informar sobre los espacios libres de humo de tabaco y de las zonas exclusivas para fumar, y se indicarán los números telefónicos para denunciar alguna violación. Con ello, cualquier ciudadano podrá presentar una denuncia si detecta el incumplimiento de la ley, y la autoridad competente deberá salvaguardar la identidad e integridad del denunciante.

La Secretaría de Salud (SSA) tendrá en operación una línea telefónica gratuita para que los ciudadanos puedan efectuar denuncias, quejas y sugerencias. Sigue Aprueba Senado en lo. dos. sugerencias A su vez, los propietarios de los lugares que pretendan contar con zonas exclusivamente para fumar tendrán 180 días después de la publicación de la ley en el Diario Oficial de la Federación, para efectuar las modificaciones pertinentes.

La ley prohibe toda forma de patrocinio para impulsar la marca de cualquier producto del tabaco o que fomente su compra y consumo.

Establece además que la publicidad y promoción del tabaco sólo podrá aparecer en las revistas para adultos, en comunicaciones personales por correo y establecimientos exclusivos para mayores de edad, como bares, discotecas o centros nocturnos.

También prohibe distribuir, vender u obsequiar artículos promocionales que muestren el nombre o logotipo de productos del tabaco, como encendedores, llaveros, playeras y gorras, entre otros.

La ley regula también el empaquetado y etiquetado de productos del tabaco, los cuales deberán tener leyendas o imágenes de advertencia que muestren los efectos nocivos de su consumo.




Comentario del Blog.
En lo personal estamos de acuerdo con esta Ley. Son muchas más las personas que no fuman y se ven afectadas por las que fuman en espacios públicos. Por lo que consideramos acertada esta Ley. Recordemos que el fumar genera directamente cáncer y el cáncer es la tercera causa de muerte en México. Cada año mueren en México 53 mil personas por causas relacionadas al tabaquismo y se gastan 30 mil millones de pesos en acciones en enfermedades relacionadas (La Jornada,2006). Así mismo se genera un gran gasto en la persona misma por daños a su salud.

Ahora, si no te espanta el cáncer y eres hombre y te sientes muy macho literalmente hablando, pues traduce lo que dice este poster de los dedos y el cigarro-pene.
No están prohibiendo que los que fuman pues fumen, pueden hacerlo en su casa y en espacios abiertos, pero no en establecimientos públicos cerrados. A lo que no tienen derecho es a contribuir a que terceras personas se vean afectadas. Bien dice la premisa que tu derecho termina cuando se perjudica a otros.
Es ridículo que unos legisladores en una actitud pueril y absurda, por decir lo menos, como rechazo a la ley se pusieron a fumar en la tribuna (EN LA ASAMBLEA DEL DF). Habráse visto.
El Dip. ABELINO MÉNDEZ del PRD ¡¡¡se puso a fumar en tribuna!!! a pesar de que está prohibido fumar en el recinto desde hace tiempo. Según él como señal de protesta de lo que él en su corta mentalidad considera una Ley de intolerancia.
Hasta CARLOS MARÍN director del periódico MILENIO DIARIO hace circo , maroma y teatro, en contra de la Ley, él es un fumador empedernido. Más respeto señor MARÍN.
el Senador LOBATO CAMPOS, del PARTIDO CONVERGENCIA ínchimo de DANTE DELGADO y para acabarla veracruzano, también en la cámara de senadores y sin tapujos amenazó que iba a fumar en su escaño como medida de protesta. El senador CHANONA también de Convergencia también voto en contra de la Ley. Están bien jodidos, me cae.

Estaría interesante preguntarle a ROBINSON USCANGA CRUZ , nuestro diputado federal cuál fue su postura y si voto a favor o en contra. Ahí les encargo.
No sabemos también como votó DANTE DELGADO.

Los diputados federales priístas veracruzanos votaron a favor de la Ley. Bien por ellos en este caso.

En Minatitlán y una vez que entre en vigor la Ley las autoridades de salud y municipales deberán vigilar escrupulosamente que esto se cumpla. Los centros nocturnos, bares, cantinas, restaurantes, edificios públicos y discoteques habrá que vigilarlos. La ley permite también que los que no fuman puedan denunciar el incumplimiento de dicha Ley.


Comentarios " Marlboro country": altonivelmina@hotmail.com

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