viernes, 1 de agosto de 2008

1.- ACUSAN A FUNCIONARIOS DE SALUD DE NO APLICAR LA LEY ANTI TABACO; 2.- POLO TORRES Y SU LEY DE DIVORCIO: LO ACUSAN DE MISÓGINO.




1.- VALIENTE Y RAZONADA ACUSACIÓN A LOS FUNCIONARIOS DE SALUD DE NO REALIZAR SUS FUNCIONES EN CUANTO A LA LEY ANTI TABACO O DE PROTECCIÓN A LOS NO FUMADORES.

HACE ALGUNOS DÍAS “CONCATENANDO” NOS ENVÍO LA REFERENCIA EN CUANTO A QUE EN SU BLOG (TOTOLOQUE) ESCRIBIÓ LO SIGUIENTE:


Carta dirigida a la jurisdicción sanitaria XI de Coatzacoalcos, Veracruz; al gobernador Fidel Herrera Beltrán y al consejo estatal contra las adicciones en Veracruz. (No se envió al representante municipal de Coatzacoalcos y Minatitlán por no estar las direcciones disponibles en internet al momento de la redacción)

He observado que en las ciudades de Minatitlán y Coatzacoalcos, Veracruz, los establecimientos comerciales, en especial aquellos que son franquicias como Vip's, Bennigan's, Sanborn's, y Applebee's, no respetan a la fecha la ley 591 de protección a los no fumadores del Estado de Veracruz.

Esta ley entró en vigor a partir del día 29 de noviembre del 2007 y es de aplicación obligatoria dentro del territorio estatal. La ley indica que el poder ejecutivo, a través de la secretaría de salud y los ayuntamientos, ejercerán las funciones de vigilancia e inspección. Además, aplicarán las sanciones correspondientes.

En algunas de estos establecimientos no se respetan las proporciones de superficie entre fumadores y no fumadores; las amenidades no son en la misma proporción dentro de las dos diferentes áreas; las áreas de fumadores no están aisladas por lo que el aire general se contamina de humo de tabaco y de humo de fumador; los sistemas de aire acondicionado no están adecuados conforme a esta ley; hay presencia de menores de edad dentro del establecimiento compartiendo el humo. Todo lo anterior es motivo de sanción.

La delimitación, aislamiento y adecuación de las áreas en los establecimientos debió haber quedado lista 120 días después del día de la publicación de la ley (28/noviembre/2007).

Al preguntarle a los empleados de estos locales si conocían la ley de protección al no fumador, ellos me contestaron que esta era solo de aplicación en el Distrito Federal.

En vista de que observo la falta de cumplimiento a la ley por parte de los establecimientos comerciales referidos, y por ende de las autoridades, tengo para ustedes las siguientes preguntas y una observación:

  1. ¿Quien es la persona responsable, en la jurisdicción sanitaria de Coatzacoalcos, de que se cumpla lo establecido en la ley 591 referida?

  1. ¿Quienes son las personas responsables, por parte de los gobiernos municipales, de ejercer estas funciones?

  1. ¿Cuenta la jurisdicción sanitaria de Coatzacoalcos con un programa de trabajo para estas actividades?, ¿a partir de que lo diseñan?, ¿cómo lo evalúan?

  1. ¿Cómo y dónde realiza el pago de las multas la persona o empresa que se hace acreedora a ella?

  1. No he observado en medios locales de comunicación impresa o de televisión la difusión pertinente a esta ley.

Espero su respuesta escrita por este medio, y la aplicación de la ley en los lugares correspondientes.


Atentamente:

Alguien que no fuma.


PD.- En el interior de plaza forum no he visto carteles indicando, que por ley, está prohibido fumar allí.


---- Y HECHA QUE FUE ÉSTA DENUNCIA, A CONTINUACIÓN LO QUE LE CONTESTARON:



He aquí lo que me respondieron en su primer carta:

Por instrucciones del Dr. Hector De Leo Tobalina, Jefe del departamento de Adicciones del Estado de Veracruz, le agradecemos sus comentarios y celebramos su preocupación respecto al cumplimiento de la ley 591 en nuestro estado. Le informamos que la Ley General para el Control del Tabaco entra en vigor a partir del 29 de agosto, es decir, estamos a un mes de que esta ley se pueda instrumentar efectivamente. Por otra parte, la ley que usted comenta, a saber, la ley 591 entra en vigor el día 11 de septiembre por lo que no pueden ser aplicadas antes de esas fechas. Le informamos que los encargados de darle seguimiento y hacer valer dicha ley es el departamento de regulación sanitaria.

Posteriormente, a las dos horas me enviaron otra, la cual decía esto:

A quien corresponda: Quería hacer una aclaración respecto a la información que le fue proporcionada. Como usted bien señala, la aplicación de la ley debe de ser aplicada a los 120 de su publicación, es decir, ya tendría que aplicarse, sin embargo, cabe hacer la aclaración que la ley estatal ya está en vigencia, no así su reglamento, el cual está pendiente. le sugiero preguntar en las instancias que le proporcione en el correo anterior (Doctor Héctor Merlín Castro y sus telefonos son : 921-21-2-19-54, 21-257-38 y 21-2-04-75)

Y entonces respondí:

Creo que algo está faltando en el Estado de Veracruz... Estimados y respetables servidores públicos de la secretaría de salud, más allá de que yo investigue dentro de la jurisdicción XI porqué no se hace valer la ley 159, les pido de la manera más atenta que supervisen las actividades relativas. Si gustan verlo por este lado, hay una pérdida de dinero que podría ser bien utilizada por el programa de control contra las adicciones. El dinero lógicamente sería producto de las multas y penalidades a que se hagan acreedores las personas que no cumplan con la ley. (capítulo VII, artículo 26 Ley 159).

Conclusión del tema: ¡Fue horrible, fue horrible!, nadie sabe, nadie supo... Tenemos ley que protege los derechos de los no fumadores en el estado de Veracruz, pero no se aplica porque al parecer a nadie interesa o no saben como aplicarla.

Espero que el Lic. Fidel Herrera Beltrán tenga conocimiento de esto (que habra su buzón electrónico)

Hoy leí en el diario local el siguiente titular: "Mejorar vida de los veracruzanos, el reto". Por favor, no se considere esto como grilla, es simplemente la interacción que debe existir entre el gobierno de un estado y sus ciudadanos. Si no es así, seguiremos como estamos.


Comentario del Blog: Ahí esta un destacado ejemplo de como los ciudadanos podemos interesarnos por lo que acontece y afecta a la comunidad adoptando una postura valiente y responsable, tomando al toro por cuernos. Y nuestro reconocimiento a estas personas, ya que ni quienes se supone tienen la obligación en nuestros municipios mueven un dedo para hacerlo (porque para eso están y para eso les pagan,o a lo mejor no tienen la capacidad e inteligencia). Ya les habíamos comentado en nuestro Blog sobre el tema y hemos señalado que el DR. ISAAC SOSA BELLO (regidor de Salud de Mina) no tiene la más mínima idea de todo esto y LUPITA pues menos. Tuvo que ser un ciudadano quién les puso el ejemplo (que vergüenza).



2.- POLO TORRES Y SUS MODIFICACIONES EN LA LEY DE DIVORCIO: LO ACUSAN DE MISÓGINO.


Una de las iniciativas de Ley que ha llevado el buen POLO TORRES para su aprobación y que de hecho ya fue aprobada se refiere a que después de dos años de divorcio y si la mujer no interpuso ninguna denuncia solicitando su pensión alimenticia, el hombre no tendría ya la obligación de dar dicha pensión. Y no tardó mucho para empezar a conocerse los análisis de algunos columnistas en los diarios y donde todos ellos no ven con buenos ojos esta modificación a la Ley y de misógino no bajan a nuestro Diputado, y piden a las organizaciones de mujeres y al DIF que no dejen que esa Ley se aplique por considerarla un retroceso para la protección a la mujer y la familia. Toma chango tu banana. Esta interesante el tema. Aunque en algunas de esas críticas tal parece que no conocen a fondo la modificación ya que algunos de estos comentaristas piensan que se está hablando de la pensión alimenticia a los hijos, siendo que POLO TORRES también en una nota ha dejado claro que dicha modificación legal no implica a los hijos sino EXCLUSIVAMENTE A LA CÓNYUGE.

Bueno, pues ahí está y todavía va a dar mucho de que comentar dicha propuesta y aprobación legislativa.

Por la de “no te entumas” las damas deben ponerse “buzas caperuzas” y si está en sus planes hacerse del “40” no deben dejar pasar dos años después de la separación para reclamar el billete (para mantener al sancho).


Comentarios "de 40 %": altonivelmina@hotmail.com


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